Emergencias y Pirmeros Aux.

PLANES DE EMERGENCIA Y AUTOPROTECCIÓN

 

 

 

DEFINICIÓN DE PLAN DE AUTOPROTECCIÓN (PA)

Se entiende como autoprotección al sistema de acciones y medidas encaminadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, a dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia y a garantizar la integración de estas actuaciones con el sistema público de protección civil. Estas acciones y medidas deben ser adoptadas por los titulares de las actividades, públicas o privadas, con sus propios medios y recursos, dentro de su ámbito de competencia.

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DEFINICIÓN DE PLAN DE EMERGENCIAS  (PE)

Parte del plan de autoprotección que establece unos criterios básicos de actuación del personal, para una rápida y ordenada actuación, en función del tipo de emergencia. El plan de emergencias responderá, pues, a las preguntas ¿qué se hará?, ¿cuándo se hará? ¿cómo y dónde se hará? y ¿quién lo hará?. Debe contemplar actuaciones o consignas dirigidas a prevenir potenciales situaciones de emergencia.

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CENTROS QUE DEBEN DE TENER UN PLAN DE AUTOPROTECCIÓN

Determinados centros de trabajo que por su actividad pueden dar origen a una situación de emergencia, están obligados por el RD 393/2007, Norma Básica de Protección, a  disponer de un Plan de Autoprotección (PA). Aquellos centros de trabajo que cumplan los requisitos de actividades contempladas en el punto 2 del Anexo I del RD 393/2007, Norma Básica de Autoprotección, deberán tener confeccionado un Plan de Autoprotección. Por tanto, aquellos centros de trabajo cuyas actividades sean de tipo sanitario, docente, residencial público, almacenamiento u otro tipo de actividad, si reúnen una serie de características en relación con su altura, ocupación, número de camas, número de ocupantes que no puedan realizar la evacuación por sus propios medios, deberán contar con un plan de autoprotección.

En la Junta de Extremadura deben tener confeccionado un plan de autoprotección, por sus características, entre otros, los siguientes tipos de centros: Centros Residenciales, Centros Socio-sanitarios, Edificio de Servicios Múltiples de Cáceres, Centro Nacional de Tecnificación "Ciudad Deportiva", Pabellón Multiusos "Ciudad de Cáceres", etc...

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CENTROS QUE DEBEN DE TENER UN PLAN DE EMERGENCIAS

En todos aquellos centros de trabajo de la Junta de Extremadura en los que no sea obligatorio la confección de un plan de autoprotección deberán confeccionar un Plan de Emergencias.

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OBJETIVOS DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN O DEL PLAN DE EMERGENCIAS

Garantizar la adopción de medidas destinadas a la prevención y control de riesgos en su origen, así como la actuación inicial en las situaciones de emergencia que pudieran presentarse. De esta manera, en el caso de que se produzca una situación extrema de riesgo (incendio, explosión, fugas de contaminantes químicos, amenaza de bomba, enfermedad grave repentina, etc.), cada trabajador del centro sabrá lo tiene que hacer en cada instante, sin tener un momento de duda o vacilación.

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CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE UN PLAN DE EMERGENCIAS

  • Básico: Debe posibilitar de forma sencilla la respuesta inmediata ante cualquier situación de emergencia.
  • Flexible: Debe ser adaptado de forma continua a las situaciones del centro.
  • Conocido: En todo momento todo trabajador que realice sus tareas en el centro debe conocer el plan de emergencias y su contenido.
  • Ejercitado: Se deben realizar simulacros parciales o totales periódicamente.
  • Vivo: Debe ser actualizado periódicamente, incorporando los cambios y modificaciones que se vayan produciendo en el transcurso del tiempo (cambios de personal, nuevas instalaciones, nuevos medios de extinción de incendios, etc.).

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ENCARGADOS DE ELABORAR UN PLAN DE AUTOPROTECCIÓN O UN PLAN DE EMERGENCIAS

Los Planes de Autoprotección deberán ser elaborados por empresas externas a la Junta de Extremadura que dispongan de personal técnico capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos a los que esté sujeta la actividad. Para su elaboración deberán contemplar el contenido indicado en el documento : MANUAL PARA LA REDACCIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN.

La elaboración de un Plan de Emergencias podrá ser llevada a cabo por el Responsable en materia de seguridad y salud laboral y los trabajadores del centro, pues son quienes mejor conocen las características particulares de su centro de trabajo. Su realización se hará con el asesoramiento del Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales. En aquellos centros en los que la elaboración del plan de emergencias presente especial dificultad, podrá ser contratada a una empresa externa. En cuyo caso, su elaboración será conforme en contenido a lo contemplado en el documento: "PLIEGO PLAN DE EMERGENCIAS".

Cuando en un mismo edificio coincidan varias unidades administrativas de igual o diferentes Consejerías deberán elaborar de manera coordinada un único plan de emergencias.

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VIGENCIA DEL PLAN DE EMERGENCIAS O DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN

El Plan de Emergencia y el Plan de Autoprotección tendrán una vigencia indeterminada. No obstante, si se producen cambios o modificaciones en las instalaciones, los procesos, los equipos, el personal, etc., o los resultados de los simulacros realizados así lo sugieren, se deberán revisar y actualizar, bien de forma parcial o total en función de la magnitud de los cambios o modificaciones producidas. Por tanto, deben mantenerse permanentemente actualizados, y serán revisados al menos con una periodicidad no superior a tres años.

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IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE EMERGENCIAS / AUTOPROTECCIÓN EN LOS CENTROS

Implantar un Plan de Emergencia / Autoprotección significa mucho más que tener a mano, en un lugar privilegiado del centro, un grueso documento bien encuadernado y con abundantes esquemas y gráficos. Implantar el PE o PA significa que todas y cada una de las personas que se encuentran en el centro de trabajo, ya sean trabajadores del propio centro, trabajadores de contratas, visitas, etc. saben qué hacer cuando se produce una situación de emergencia y, además, se encuentran entrenados para hacerlo de la forma más rápida y eficaz posible.

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ESTRATEGIA PARA IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE EMERGENCIA / AUTOPROTECCIÓN

Las actividades básicas para la implantación de los Planes, serían:

  • Sesiones informativas a los trabajadores del centro, incluidos los de las contratas.
  • Confección de fichas de intervención personalizadas.
  • Confección de instrucciones básicas para las contratas y visitas, si es el caso.
  • Elaborar un plan de formación para los trabajadores implicados en la organización humana del plan de actuación en emergencias, y actualización periódica de la formación.
  • Elaboración de un plan anual de entrenamiento y simulacros y puesta en marcha de los mismos.

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SIMULACROS DE EMERGENCIA EN LOS CENTROS

Para evaluar la eficacia y operatividad de los planes de actuación en emergencias deben realizarse simulacros de emergencia, con la periodicidad mínima fijada en el propio plan, y en todo caso, al menos una vez al año evaluando sus resultados.

Los simulacros son una forma de entrenamiento operativo de los procedimientos de actuación o técnico en el uso de los equipos de lucha contra incendios. Las características básicas que deben reunir son:

  • Parten de una situación de emergencia predeterminada.
  • Comprueban la mecánica interna y funcional del plan o de la parte que corresponda al simulacro (también tiempos de respuesta).
  • Comprueban el grado de capacitación y formación del personal.
  • Pueden ser parciales, o  generales cuando afectan al conjunto del Plan.

Comunicación de Simulacros

Para la comunicación al Centro 112 Extremadura de la organización y realización de simulacros de evacuación en edificios públicos o docentes, o de otro tipo, o de activación de Planes de Emergencia Interior.

Deben descargar y rellenar el siguiente formulario en el que además se incluyen las instrucciones a seguir por la entidad responsable del simulacro.

Dicha comunicación de simulacros se debe realizar con un mínimo de 48 horas de antelación a la realización del mismo.

Una vez cumplimentado el formulario se debe remitir:

Por email a: 112@juntaex.es

Por FAX: 924 311 487.

 

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IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LAS EMERGENCIAS

La elaboración de los planes de actuación ante emergencias se hará en función del tipo de riesgos identificados, de la gravedad, y de la ocupación y medios humanos disponibles en el centro.

  • TIPO DE RIESGO:

    Debe realizarse una relación de los riesgos asociados a la salud de las personas, al interior del edificio y al entorno del mismo. El objetivo es identificar, en función de estos riesgos, las diferentes situaciones de emergencia que pueden darse en el centro de trabajo.

    Una relación, no exhaustiva de dichos riesgos, es: Emergencias médicas,   Incendio en el edificio; explosión depósito de gas, amenaza de bomba, inundación, etc.
  • EN FUNCIÓN DE LA GRAVEDAD:

    La gravedad de la emergencia dependerá de la dificultad para controlar la emergencia, así como de sus posibles consecuencias. En caso de incendio, se pueden clasificar en:
    • Conato de emergencia: Situación excepcional controlable con los recursos existentes en el centro de trabajo.
    • Emergencia parcial: Situación que para ser dominada requiere la actuación de equipos con especial formación, Equipo de Segunda Intervención (E.S.I). No es previsible que el incendio afecte a otros sectores o dependencias del edificio.
    • Emergencia general: Situación excepcional no controlable con los recursos existentes en el centro, es decir, requiere ayuda externa para su control. Puede implicar la necesidad de evacuar las instalaciones.
  • EN FUNCIÓN DE LA OCUPACIÓN Y MEDIOS HUMANOS DISPONIBLES:

    Los planes de actuación ante emergencias pueden clasificarse en diurnos (a turno completo y en condiciones normales de funcionamiento), nocturnos, festivos y vacacionales. Por ello, se deben de tener en cuenta las distintas situaciones y disponibilidades de medios humanos del centro.

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PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN ANTE LAS EMERGENCIAS

Las distintas emergencias requerirán la intervención de personas y medios para garantizar en todo momento:

  • La detección y alerta: Mediante la alerta se comunicará, de la forma más rápida posible, la situación de emergencia para poner en acción a la organización humana establecida en el centro, con el fin de garantizar su intervención y la toma de precauciones específicas.
    Ante una situación de emergencia por incendio, ésta podrá ser humana o automática.
  • La alarma: Mediante la cual se informa a las personas para que sigan instrucciones específicas ante situaciones de emergencia, por ejemplo, la evacuación del centro en caso un incendio incontrolado.
    La persona encargada de dar la alarma dispondrá de un listado de teléfonos de emergencias: Centro de atención de urgencias y emergencias112; etc.
  • La intervención: Para el control de las emergencias deben constituirse los equipos humanos necesarios para garantizar la intervención ante la misma con el fin de proteger y socorrer a las personas y los bienes.
  • Recepción de las Ayudas externas:  La coordinación e información entre el personal de centro y la ayuda externa es fundamental para controlar la emergencia.

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DEFINICIÓN Y FUNCIONES DE LAS PERSONAS Y EQUIPOS QUE INTERVENDRÁN EN LAS EMERGENCIAS

En los planes de emergencia deben especificarse las funciones de los diferentes equipos que intervendrán  en la emergencia (Jefe de emergencia, Jefe de Intervención, ESI, etc)  Asimismo, debe aparecer una tabla, según la disponibilidad de los medios humanos (mañana, tarde, noche, festivos, etc.), donde se indique la función, nombre de la persona que la va a realizar y su sustituto.

  • Jefe de Emergencia (J.E.).

Es la persona de máxima responsabilidad en la Emergencia. En función de la información sobre la evolución de emergencia, enviará al área siniestrada las ayudas internas disponibles y recabará las externas que sean necesarias. Decidirá el momento de la evacuación del centro. Actuará desde el Centro de Comunicaciones o Control.

  • Jefe de Intervención (J.I.)

En las operaciones de intervención de la Emergencia, asume la dirección y coordinarción de los equipos de intervención, aplicando las órdenes dadas por el Jefe de Emergencia.

  • Equipos de Primera Intervención (E.P.I.).

Equipo formado por, al menos, dos trabajadores que intervienen de forma inmediata ante la situación de emergencia con el fin de eliminarla o impedir su extensión. Intervienen en conatos de incendio con extintores portátiles.

  • Equipos de Segunda Intervención (E.S.I.)

Trabajadores encargados de actuar cuando la emergencia no ha podido ser controlada por los equipos de primera intervención (EPI). Apoyarán cuando sea necesario, a los Servicios de ayuda exteriores.

Sus componentes deben tener formación y adiestramiento adecuados.  La constitución de este equipo de intervención podrá obviarse en aquellos centros de trabajo de determinadas características: Baja ocupación; poca superficie;  fáciles de evacuar, con salida directa al exterior...

  • Equipos de Alarma y Evacuación (E.A.E.)

Trabajadores encargados de garantizar que se ha dado la alarma y asegurar una evacuación total y ordenada del centro.

  • Equipos de Primeros Auxilios (E.P.A.)

Trabajador/es, con conocimientos en la materia, cuya misión será proporcionar la asistencia sanitaria a las víctimas de una eventual emergencia, mientras llega la ayuda externa.

  • Centro de Control o Comunicaciones (C.C.)

Lugar del centro donde convergen y desde donde se coordinan las comunicaciones entre los diversos equipos internos que actúan ante la emergencia, y entre estos y el exterior (Ejemplo: centralita, conserjería, etc.).

  • Puntos de reunión (P.R.)

Serán aquellos lugares exteriores al edificio donde los trabajadores deberán concentrarse una vez realizada la evacuación, con el objeto de verificar a través de los Equipos de Alarma y Evacuación si algún trabajador se encuentra dentro de las instalaciones.

  • Equipos de apoyo (E.A.)

Trabajadores encargados de prestar ayuda a otros equipos durante la emergencia, a criterio del jefe de la emergencia. Estos trabajadores no forman parte de ninguno de los equipos de intervención establecidos de antemano.

  • Señal de habitación siniestrada

Es el signo inequívoco de que en una habitación o dependencia del centro se ha declarado una emergencia. Puede ser, colocar un extintor delante de la puerta.

NOTA: Los equipos de emergencia estarán compuestos por dos o más personas entrenadas y organizadas.

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ORGANIZACIÓN HUMANA

Esquema de organización humana para actuar en situaciones de emergencia: 

Esquema organización humana

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PAUTAS DE ACTUACIONES ANTE SITUACIONES DE EMERGENCIA POR:

A) INCENDIO

  • PAUTA GENERAL

En general, la pauta de actuación a seguir ante un incendio se resume mediante el acrónimo:

R

 ESCATE Debemos rescatar a las personas en grave peligro. No procederemos al rescate si podemos ponernos en grave peligro nosotros mismos

A

 LARMA Debemos avisar a compañeros y al JE para que ponga en marcha los mecanismos de actuación oportunos

C

 OMPARTIMENTACIÓN Cerraremos puertas y ventanas para retrasar la propagación del incendio

E

 XTINCIÓN Una vez llevadas a cabo las acciones anteriores, intentaremos extinguir conatos de incendio

 

  • ALERTAEsquema actuación alerta


     
  • CONATO DE INCENDIO (Detección humana)Esquema actuación incendio detección humana


     
  • CONATO DE INCENDIO (Detección automática)Esquema actuación incendio detección automática


     
  • EMERGENCIA PARCIAL
    La distinción de la emergencia parcial está dirigida fundamentalmente hacia aquellos centro de trabajo de difícil evacuación y que suelen tener compartimentación en sectores de incendio, por ejemplo: Centros Residenciales de Mayores, hospitales, etc. Puede requerir la constitución del Equipos de Segunda Intervención (E.S.I.).Esquema actuación emergencia parcial


     
  • EMERGENCIA GENERALEsquema actuación emergencia general


     

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B) AMENAZA DE BOMBA

En caso de amenaza de bomba, intentar recabar todos los datos posibles que se indican en el siguiente modelo: MODELO

La pauta de actuación en caso de amenaza de bomba será:Esquema actuación amenaza bomba


 

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C) ACCIDENTE O ENFERMEDAD REPENTINA GRAVE

En general, la pauta de actuación a seguir ante un herido o enfermo grave repentino se resume mediante el acrónimo:

P

 ROTEGER Al accidentado de mayores daños. No procederemos al rescate si podemos ponernos en grave peligro nosotros mismos.

A

 VISAR Debemos avisar al JE para que pongan en marcha los mecanismos de actuación oportunos, y al Encargado de primeros Auxilios

S

 OCORRER Una vez llevadas a cabo las acciones anteriores intentaremos socorrer al herido o enfermo súbito mientras llega la ayuda, si sabemos cómo actuar.

 

Esquema actuación accidente o enfermedad grave repentina

 

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D) AGRESIONES

Deberemos intentar manejar la tensión existente ante aquellas conductas susceptibles de violentar e intimidar, procurando en todo momento mantener la calma.

QUÉ NO HACER

  • Responder a las agresiones verbales, encararse, desafiar o agredir.
  • Permanecer en la estancia si la huída es posible.

QUÉ HACER SIEMPRE

  • Intentar avisar a otros compañeros y/o a la policía.
  • Si la huída no es posible, intentar establecer una adecuada distancia de seguridad.

 

Esquema actuación agresión
 

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