Gestión de la Prevención

GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LOS CENTROS DE TRABAJO

La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la Junta de Extremadura, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación del plan de prevención de riesgos laborales.

Todos los procedimientos, en materia de Prevención de Riesgos Laborales, aprobados por el Comité de Seguridad y Salud del ámbito preventivo de la Administración General de la Junta de Extremadura, se encuentran en el Plan de Prevención de la Junta de Extremadura.

Responsable en materia de seguridad y salud laboral

Para la designación del responsable en materia de seguridad y salud laboral del centro se ha aprobado un procedimiento a tal efecto, los pasos a seguir para su nombramiento incluyendo la notificación por escrito, para intercambio de información del anterior responsable al nuevo y cómo desarrollar el organigrama preventivo del centro.

El responsable saliente entregará al nuevo el manual de prevención de riesgos laborales, la planificación de actividades preventivas, el plan de autoprotección/emergencias (en su caso), el organigrama preventivo del centro y le comunicará el nombre del técnico de prevención asociado. El nuevo responsable en materia de seguridad y salud laboral deberá ponerse en contacto con el técnico de prevención.

Si ambos responsables no coinciden en el tiempo, el antecesor entregará la documentación a un empliado público del centro para que traslade la citada documentación al nuevo. Todo ello de acuerdo con el procedimiento PROC. C00 Designación de Responsables en Materia de Seguridad y Salud en los Centros de Trabajo.

Organigrama preventivo del centro

El responsable en materia de seguridad y salud laboral puede desarrollar el organigrama preventivo del centro de acuerdo con lo establecido en el procedimiento PROC C00 que deberá comunicarlo a la Secretaría General comunicando su designación mediante el Anexo C00 6.2

Actuaciones a seguir

En este sentido, el centro de trabajo deberá llevar a cabo, entre otras, las siguientes actuaciones:

 

 

Manual de Prevención de Riesgos Laborales

Es la documentación generada en el desarrollo de la gestión de la prevención de riesgos laborales en el centro de trabajo.

manual prevencion riesgos laborales

En este manual se integran la evaluación de riesgos, la planificación de la actividad preventiva, las investigaciones de accidentes, los controles periódicos, etc.

carpeta

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Evaluación de Riesgos Laborales y Planificación de la Actividad Preventiva

Son los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención de riesgos laborales de la Junta de Extremadura.

El documento de evaluación de riesgos incluye, entre otros apartados, las áreas y las categorías profesionales evaluadas en el centro de trabajo.

En el documento de planificación se reflejan las medidas preventivas que se deben ejecutar indicando su prioridad y el responsable de su realización.

El Centro comunicará al Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales la ejecución de las medidas preventivas mediante el documento:   Seguimiento de acciones correctoras.

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Información de los Trabajadores

El Responsable en materia de seguridad y salud laboral facilitará a los trabajadores la información sobre los riesgos a los que están expuestos y las medidas preventivas.

Una relación, no exhaustiva, de la información que debe entregar es:

  • Evaluación de riesgos: copia de los riesgos y medidas preventivas de las áreas que le corresponda así como los de su categoría profesional.
  • Fichas de prevención de riesgos.
  • Fichas de datos de seguridad de los productos químicos.
  • Instrucciones de los equipos de trabajo.
  • Informes técnicos específico elaborados por el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales.
  • Medidas de emergencia.

El registro de la entrega de la documentación anterior se realizará mediante la firma de un recibí por cada trabajador en el documento: Registro de entrega de información preventiva.

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Formación de los Trabajadores

El Responsable en materia de seguridad y salud laboral archivará los certificados de la formación recibida por los trabajadores en prevención de riesgos laborales.

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Equipos de Protección Individual (EPIS)

El Responsable en materia de seguridad y salud laboral entregará a los trabajadores los equipos de protección individuales indicados en la evaluación de riesgos o en informes técnicos, fichas de datos de seguridad, manual de instrucciones de equipos de trabajo, entre otros, así como el folleto informativo de los mismos.

El registro de la entrega de los equipos de protección individual se realizará mediante la firma de un recibí por cada trabajador en el documento: Registro de entrega de Equipos de Protección Individual

Los equipos de protección individuales se repondrán cuando resulte necesario (rotura, pérdida de características, etc.), sin especificar periodicidad alguna.

Anexo C04. 7.4. Listado de Equipos de Protección Individual por Centros de Trabajo y Categorías Profesionales.

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Accidentes e Incidentes

El Responsable en materia de seguridad y salud laboral realizará las siguientes notificaciones:

  • Ante un accidente de trabajo
    • Facilitará a la trabajadora o trabajador accidentado el Volante de Asistencia Sanitaria por accidente de trabajo (Anexo C06 6.3) que debe ser enviado por email (al responsable que designe FREMAP), o ser entregado por el propio trabajador en el centro asistencial. Este modelo conlleva la asistencia sanitaria, y en su caso, la incapacidad temporal por contingencia profesional.
    • Cuando un trabajador o trabajadora de la Junta de Extremadura sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, es recomendable que acuda al centro asistencial de FREMAP más cercano para recibir tratamiento. En caso necesario, podrá ser atendido en centros sanitarios con convenio en vigor con FREMAP, centros de atención primaria y hospitales del SES, centros asistenciales de Mutua Universal en las localidades de Mérida, Badajoz y Cáceres y en otros centros concertados de titularidad privada comprendidos en el anexo del documento "Pautas de actuación en relación a la asociación de la Junta de Extremadura y FREMAP.
  • Accidente de trabajo con baja
    • Notificación:
      • Comunicar al Representante del Sistema Delt@ de la Consejería y al Servicio de salud y prevención de riesgos laborales cumplimentando el modelo de "Anexo C06. 6.1. Modelo de Comunicación de Accidentes de Trabajo Con/Sin Baja y Riesgo Biológico, teniendo en cuenta los plazos establecidos.
      • Comunicar a la Autoridad Laboral los accidentes ocurridos en el centro de trabajo graves, muy graves, fallecimientos o que afecten a más de cuatro trabajadores en el plazo de las 24 horas siguientes a que se produzca el accidente.
    • Plazos: El Representante del Sistema Delt@ debe presentar en el plazo de 5 días hábiles a partir de la baja médica el parte de accidente de trabajo.
  • Accidente de trabajo sin baja
  • Accidente con riesgo biológico (con baja o sin baja)
  • Incidentes
    • Se define incidente a cualquier situación que se presente durante la realización de cualquier actividad laboral que sin ocasionar lesión tenga potencialidad lesiva.
    • Notificación: Comunicar al Servicio de salud y prevención de riesgos laborales cumplimentando el modelo "Anexo C06. 6.2. Modelo de Comunicación de Incidentes".

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Trabajadores especialmente sensibles

Son los trabajadores que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo.

El Responsable en materia de seguridad y salud laboral comunicará la presencia de dichos trabajadores al Servicio de salud y prevención de riesgos laborales en cuanto tenga conocimiento de los mismos, a través del modelo "Comunicación para la valoración de puesto de trabajo para los trabajadores de la Junta de Extremadura especialmente sensibles"

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Trabajadoras embarazadas

Una vez que la trabajadora ponga en conocimiento de su situación de embarazo al Responsable en materia de seguridad y salud laboral, éste realizará lo siguiente:

  • Comunicarlo al Servicio de salud y prevención de riesgos laborales mediante el modelo "Comunicación de Embarazo o Parto Reciente".
  • Una vez recibido el informe de embarazo o parto reciente realizado por el Servicio de salud y prevención de riesgos laborales, deberá:
    • Entregar una copia del informe a la trabajadora.
    • Registrar la entrega mediante la firma de un recibí en el "Registro de información preventiva".
    • Archivarlo en el Manual de prevención de riesgos laborales.
  • Llevar a cabo las medidas técnicas y organizativas que se indiquen, en su caso, en el informe, dentro de sus ámbito de actuación.

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Exámenes de salud

El responsable en materia de Seguridad y Salud Laboral ofertará el examen de salud inicial a los trabajadores de nueva incorporación.

El Servicio de salud y Prevención de Riesgos Laborales comunicará al Responsable en materia de Seguridad y Salud laboral de cada centro la programación para la realización de los exámenes de salud periódicos, y éste a su vez deberá:

  • Dar traslado a los trabajadores de dicha convocatoria, recabando de ellos en el caso de no estar obligados por ley a realizarse los exámenes de salud,  su aceptación o renuncia por escrito.
  • Será obligatorio realizarse el examen de salud para los conductores y trabajadores integrados en el Plan Infoex.
  • Registrar la aceptación o no aceptación (renuncia) de los exámenes de salud mediante la firma del documento "Modelo de Aceptación o No del Examen de Salud"
  • Registrar en el Manual de prevención los documentos de aceptación o no aceptación (renuncia) de los exámenes de salud.
  • Remitir al Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales la relación de los trabajadores que se van a realizar dichos exámenes. 

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Coordinación de Actividades Empresariales

Con el fin de garantizar la seguridad y salud de los empleados públicos de la Junta de Extremadura cuando concurran con trabajadores de empresas externas, tanto éstas como la Junta deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

A tal fin, establecerán los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a la protección y prevención de riesgos laborales y la información sobre los mismos a sus respectivos trabajadores.

En la sección de Modelos de Gestión de esta página se encuentra el procedimiento de coordinación de actividades empresariales, con el objeto de que el Responsable en materia de seguridad y salud laboral coordine la actividad preventiva cuando concurran en el centro de trabajo empresas ajenas a la Junta.

Coordinación de Actividades Empresariales

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Controles periódicos

Cuando el resultado de la evaluación lo haga necesario, se realizarán controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores en la prestación de sus servicios, para detectar situaciones potencialmente peligrosas.

Se realizarán controles periódicos, entre otros, a interruptores diferenciales, escaleras de mano profesionales o no profesionales y medios de extinción de incendios, registrándose documentalmente mediante los modelos correspondientes, disponibles en Modelos de Gestión.

Estos controles periódicos podrán ser realizados por el Empleado Público Asignado o por empresas mantenedoras autorizadas.

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Inspecciones de instalaciones industriales

La reglamentación industrial obliga a la realización de inspecciones o verificaciones periódicas de las instalaciones reguladas por la misma, como por ejemplo, la instalación eléctrica, los centros de transformación, los depósitos de combustibles, los ascensores, las calderas, las cocinas, las instalaciones frigoríficas, la climatización, etc.

Estas inspecciones o verificaciones periódicas deben efectuarse por un Organismo de Control Autorizado (OCA), emitiendo un informe de su realización que el Responsable en materia de seguridad y salud laboral debe archivar en el Manual de prevención de riesgos laborales.

Calendario de Verificaciones, Inspecciones o Pruebas Reglamentarias a Título Informativo.

Calculadora de Inspecciones Periódicas.

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Compras de equipos de trabajo, maquinaria y equipos de protección individual

El Responsable en materia de seguridad y salud laboral, en función de su ámbito de actuación, deberá verificar que los equipos, equipos de protección individuales y sustancias o preparados químicos, que se adquieran dispongan de los siguientes requisitos:

  • Equipos de trabajo o maquinarias
    • Marcado CE en la placa de identificación o en las proximidades de ésta (no exigible en el caso de los componentes de seguridad).
    • Declaración CE de conformidad, que incluya, entre otros datos, el modelo, tipo, número de serie, disposiciones que cumple e identificación y firma de la persona apoderada en nombre del fabricante o representante.
    • Manual de instrucciones redactado en castellano.
  • Equipos de protección individual (Epis)
    • Marcado CE en el EPI, que permanecerá de manera visible, legible e indeleble.
    • Declaración de conformidad CE, que especifique el cumplimiento de las normas y especificaciones técnicas correspondientes.
    • Fichas técnicas de los equipos.
    • Folleto o libro de instrucciones redactado en castellano.
  • Sustancias o preparados químicos
    • Ficha de Datos de Seguridad, redactada en castellano.

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Legionela; Desinsectación, Desinfectación, Desratización (DDD); Amianto

El centro de trabajo deberá controlar los riesgos derivados de la Legionela, la DDD y el amianto, gestionando de acuerdo a la normativa de aplicación estos factores.

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Resumen de la documentación que debe disponer el Centro en materia de Prevención de Riesgos Laborales

  • Evaluación de Riesgos Laborales y Planificación de la Actividad Preventiva.
  • Seguimiento de acciones correctoras.
  • Medidas de emergencia o Plan de emergencia.
  • Registros de entrega de información preventiva y Equipos de protección individual.
  • Controles periódicos de medios de extinción de incendios, interruptores diferenciales y escaleras de mano.
  • Documento acreditativo de la realización de las inspecciones periódicas de las instalaciones industriales.
  • Informes de investigación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Informes de investigación de incidentes.
  • Informes técnicos o estudios específicos elaborados por el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales.
  • Procedimientos especiales de trabajo, en su caso.
  • Fichas de datos de seguridad de los productos químicos utilizados, en su caso.
  • Libros o manuales de instrucciones de las máquinas y/o equipos de trabajo.

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Resumen de la documentación que debe entregar el responsable en materia de Seguridad y Salud Laboral al trabajador

  • Copia de la evaluación de riesgos: riesgos de las áreas y de la categoría profesional del trabajador.
  • Fichas de prevención.
  • Equipos de protección individual, en su caso.
  • Fichas de datos de seguridad, en su caso.
  • Información de los resultados y medidas a aplicar de los informes y estudios elaborados por el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales.
  • Información sobre las medidas de emergencia.
  • Información sobre equipos de trabajo.
  • Información sobre procedimientos de trabajo.

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Actuación de la Inspección de Trabajo en un centro

Ante la actuación de la Inspección de Trabajo en un centro, ya sea su presencia en el centro, escritos en el libro de visita, citaciones o requerimientos, se comunicará tanto a la Secretaría General correspondiente como al Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales.

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