Gestión de la Prevención

GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA JUNTA DE EXTREMADURA

La Secretaría General, que es el órgano superior que ejerce las competencias de seguridad y salud laboral dentro de cada Consejería u Organismo Autónomo, dirige, supervisa y coordina las actuaciones preventivas que lleven a cabo los centros de trabajo y, en particular, se asegura de que en estos se apliquen las medidas resultantes de las evaluaciones de riesgos y se realicen las actividades que para cada centro planifique el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales.

Cada Secretaría General establece una organización preventiva en su Consejería u Organismo Autónomo, siguiendo las bases establecidas en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura.

Todos los procedimientos, en materia de Prevención de Riesgos Laborales, aprobados por el Comité de Seguridad y Salud del ámbito preventivo de la Administración General de la Junta de Extremadura, se encuentran en el PLAN DE PREVENCIÓN DE LA JUNTA DE EXTREMADURA.

Para la designación del responsable en Materia de Seguridad y Salud Laboral del centro (Anexo C00 6.1 Designación del Responsable en Materia de Seguridad y Salud Laboral), se ha aprobado un procedimiento al tal efecto (PROC. C00 Designación de Responsables en Materia de Seguridad y Salud en los Centros de Trabajo). En el citado procedimiento se indican los pasos a seguir para el nombramiento, incluyendo la notificación por escrito, el intercambio de información del anterior responsable al nuevo y como desarrollar el organigrama preventivo del centro.

Como criterio general, el máximo nivel de responsabilidad en cada centro de trabajo es ejercido por el Responsable en Materia de Seguridad y Salud Laboral, recayendo esta figura en la dirección del centro o, en su defecto, la persona responsable del mismo, pudiendo designar Colaboradores del Responsable en materia de Seguridad y Salud Laboral (Anexo C00 6.2 Designación de Colaboradores del Responsable en Materia de Seguridad y Salud Laboral) para llevar a cabo la gestión de la prevención de riesgos laborales. Asimismo, podrá asignar a empleadas o empleados públicos la realización de ciertas actividades tales como participar en la elaboración e implantación de los planes de emergencia del centro, realizar controles periódicos, etc.

Cuando en un mismo centro de trabajo se agrupan varias Consejerías y/o Organismos Autónomos, donde hay nombrados varios Responsables en materia de Seguridad y Salud Laboral, se designará a un Coordinador del centro de materia de Seguridad y Salud Laboral (Anexo C00 6.3 Designación del Coordinador del centro en materia de Seguridad y Salud Laboral) para llevar a cabo la aplicación e implantación e informar de la gestión de la prevención y colaborar con el Servicio de Prevención de riesgos Laborales.

 

 

Organigrama Gestión